Ventajas que ofrece la Ley Corporativa panameña:
- Dos o más personas de cualquier nacionalidad, aún cuando no residan en Panamá, podrán organizar una empresa para cualquier propósito legal.
- La minuta constitutiva se podrá ejecutar en cualquier parte, incluso fuera de Panamá y en cualquier idioma.
- No hay requisitos en relación con la suma pagada en capital.
- La propiedad de una empresa panameña, podrá residir en un solo individuo o corporación y ninguna parte del capital necesita ser de propiedad de un panameño.
- No hay requisitos de nacionalidad o residencia para los accionistas.
- No se requiere que los directores y los oficiales sean accionistas.
- La Junta Directiva debe estar compuesta por lo menos de tres directores, pero ninguna persona podrá ejercer más de un cargo.
- Las reuniones de los accionistas o directores podrán celebrarse fuera de Panamá. Los accionistas o directores podrán actuar a través de sus apoderados
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